Legisladores presentaron una iniciativa para la creación de un Protocolo Estatal para la Prevención, Atención y Reacción Inmediata ante Hechos de Violencia en el Transporte Público, junto con capacitación a operadores en atención a víctimas, así como la incorporación de cámaras de videovigilancia en las unidades de transporte colectivo urbano e interurbano, con un periodo de 18 meses para cumplir estas disposiciones.
En sesión ordinaria, a nombre de todos los promoventes, la diputada Hilda Miranda Miranda leyó la iniciativa para adicionar las leyes de Movilidad y Transporte y de Seguridad Pública, ambas de Hidalgo, en materia de prevención y atención de la violencia en el transporte público.
Persiste una situación de la cual no podemos seguir siendo normalizada: el acoso sexual, el hostigamiento, las amenazas, las agresiones y los robos que continúan ocurriendo en unidades, paraderos y terminales”, señaló.
Refirió que las consecuencias van más allá del daño físico o patrimonial, que se traduce en modificar hábitos, limita desplazamiento y condiciona decisiones para desarrollar múltiples actividades cotidianas por temor.
La diputada de Morena señaló que la iniciativa se centra en tres ejes: prevención tecnológica, atención inmediata y coordinada e infraestructura segura.
En la ley de Movilidad se propone la creación de un capítulo denominado “del Protocolo de Prevención y Atención de la Violencia en el Transporte Público”.
En el artículo 173 Bis se indica que los concesionarios y permisionarios del transporte público colectivo urbano e interurbano deberán implementar medidas de prevención y protección para garantizar la seguridad de las personas usuarias.
De manera gradual, las unidades de transporte deberán contar con sistema de videovigilancia con grabación continua, junto con capacidad de almacenamiento de imágenes y registros por un periodo mínimo 30 días naturales, añade en el artículo 173 Ter.
También poseer botón de auxilio o pánico conectado a los sistemas estatales de atención de emergencias que determine la Secretaría de Seguridad Pública de Hidalgo (SSPH), junto con iluminación interior suficiente para garantizar la visibilidad, además de identificación visible del operador, incluyendo nombre, número económico o folio de control autorizado por la Secretaría de Movilidad y Transporte (Semot)
Además, los operadores deben estar capacitados en atención inicial a víctimas; perspectiva de género; prevención de la violencia contra mujeres, niñas, niños y adolescentes; actuación en situaciones de emergencia, y activación de protocolos de seguridad y auxilio.
La iniciativa añade, en el artículo 173 Quintus, la coordinación que debe de haber entre la Semot y la SSPH para emitir y actualizar el Protocolo Estatal para la Prevención, Atención y Reacción Inmediata ante Hechos de Violencia en el Transporte Público.
Con ello, las terminales, estaciones y centros de transferencia de pasajeros deberán contar con señalización visible de rutas seguras y puntos de auxilio, sistemas de comunicación con servicios de emergencia y espacios de orientación y canalización para víctimas.
Puntualiza que el incumplimiento de las disposiciones atraería la suspensión temporal de la concesión. Si hay reincidente de forma grave, se contempla la revocación de la concesión.
En tanto, en la Ley de Seguridad Pública estatal se propone, en el artículo 96 Bis, establece que el C5i podrá recibir alertas generadas mediante botones de auxilio o sistemas tecnológicos autorizados, coordinar la respuesta operativa de las corporaciones de seguridad pública y canalizar la información a las autoridades ministeriales cuando existan hechos probablemente constitutivos de delito.
Además, participar en la elaboración, implementación y actualización del Protocolo Estatal, generar mecanismos de seguimiento estadístico para la identificación de zonas de riesgo y patrones delictivosrelacionados con el transporte público, así como coordinar acciones preventivas con autoridades estatales y municipales.
Los concesionarios y permisionarios del transporte público colectivo urbano e interubano tendrán hasta año y medio para cumplir todas las disposiciones antes expuestas, señala la propuesta de reforma.
A la Semot y SSPH establece un periodo de 180 días para emitir el Protocolo Estatal para la Prevención, Atención y Reacción Inmediata ante Hechos de Violencia en el Transporte Público y hacer las adecuaciones reglamentarias para su correcta aplicación.
