Proponen aumentar penas a conductores que en estado de ebriedad atropellen y cause la muerte

La diputada Yarabi González Martínez propuso aumentar de seis a 15 años de prisión las penas para el conductor que atropelle y cause la muerte a la víctima por manejar bajo los efectos del alcohol u otra droga, así como cuando el incidente se dé por invasión en espacio peatonal, por exceso de velocidad o por la distracción al ocupar un dispositivo móvil.

La iniciativa pretende hacer adecuaciones en materia de seguridad vial y protección a víctimas de hechos de tránsito, al reforzar las causales por las cuales un conductor puede ser responsable en un atropellamiento, en el artículo 149 del Código Penal del Estado de Hidalgo.

Actualmente ese artículo, que se ubica en el Capítulo III, sobre “disposiciones comunes para los delitos de homicidio y lesiones”, establece que quien conduzca bajo estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes y le causa la muerte a una persona por atropellamiento obtendrá una pena que puede ir de los cuatro a los 10 años de prisión.

La reforma propone se establesca que quien cometa el atropellamiento y prive de la vida a otra persona se le impondrá de cuatro a los 10 años de cárcel.

Con ello, se estipula como una de cuatro agravantes, que puede incrementar en una mitad la pena, el hecho de cometer el delito bajo efectos del alcohol o alguna otra droga.

La segunda es si la muerte se da por la invasión o tránsito sobre zonas destinadas al tránsito peatonal, aceras o ciclovías; la tercera, por conducir rebasando el límite de velocidad máximo permitido, y

la cuarta, cuando sea consecuencia de manipular o sostener físicamente en las manos cualquier dispositivo de comunicación móvil o pantalla de información.

Con ello las penas se incrementa de seis a 15 años por la comisión de ese delito.

Aunado a las penas que por el delito de lesiones y homicidio motivo del manejo de vehículos, se impondrá al responsable la suspensión de su licencia vigente para conducir expedida por cualquier instancia o la inhabilitación para obtenerla, hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta”, añade la propuesta de reforma del artículo 149.

La propuesta suma un párrafo en al artículo 16, que imponer de seis meses a un año de prisión a quien habiendo atropellado a una persona no le preste auxilio o no solicite la asistencia que requiere.

La adhesión indica que la punibilidad prevista se incrementará hasta en una tercera parte cuando la víctima en situación de desamparo sea una persona menor de 12 años, una persona de 60 o más años de edad o una persona con discapacidad.