Con ley, buscan que educación superior sea gratuita en 10 años

Diputados locales presentaron la iniciativa para crear la Ley de Educación Superior del Estado de Hidalgo, de la cual uno de sus principales objetivos es eliminar progresivamente los cobros en las escuelas públicas de este nivel hasta lograr la gratuidad en un plazo de 10 años.

En conferencia de prensa, la legisladora María Adelaida Muñoz Jumilla, presidenta de la Comisión de Educación, explicó que el proceso de construcción de esta normativa se realizó en cuatro etapas.

Primero, dijo, el Congreso local recibió el análisis de la Ley General en la materia, el cual fue utilizado como base metodológica para el proceso de armonización. Luego, el órgano colegiado llevó a cabo 29 mesas de trabajo con diferentes instituciones, autoridades y especialistas en política educativa. Posteriormente, se realizó un foro estatal de análisis, en donde se contó con cuatro ponencias y se desarrollaron cinco mesas de trabajo, se tuvo una asistencia de 280 personas, que pudieron emitir sus opiniones y realizar sus observaciones, las cuales fueron consideradas en el proyecto.

Finalmente, se solicitó la opinión técnica a la Secretaría de Educación Pública de Hidalgo (SEPH), para revisar aspectos como el financiamiento de la misma, los subsistemas, la autonomía universitaria, la personalidad jurídica de las escuelas normales e instituciones de formación docentes.

Muñoz Jumilla consideró que de la ley resaltan cinco puntos principales: garantizar normativamente el derecho a la educación superior, reconociendo los subsistemas universitarios tecnológicos y de escuelas normales y de formación docente, así como la responsabilidad del estado para asegurar su gratuidad y obligatoriedad; cuidar el respeto a la autonomía universitaria otorgada por la Constitución Política federal; establecer la concurrencia de responsabilidades y designación de facultades, entre la autoridad educativa federal y local; incorporar el modelo de evaluación para la educación superior, en donde se considerarán criterios como la detección de aspectos a corregir, mejorar o consolidar mediante políticas, estrategia y acciones, enfocadas al logro de la excelencia en la educación superior, y normar el financiamiento para la gratuidad, en donde el estado y la federación concurrirán con el cumplimiento progresivo y gradual, sin perjudicar a las instituciones de educación superior.

¿QUÉ DICE LA LEY?

De acuerdo con el proyecto, la ley está compuesta por siete títulos y 84 artículos. El primer capítulo enuncia las disposiciones generales, como las finalidades y los objetivos que orientarán la educación superior, así como los actores y elementos que comprenden este tipo educativo; el segundo, denominado del tipo de educación superior, incluye la descripción de los niveles, modalidades y opciones del servicio, así como las bases regulatorias correspondientes a los procesos de otorgamiento de títulos, diplomas y grados, entre otros temas.

El tercero, de la educación superior en el sistema educativo estatal, alude a la articulación entre los subsistemas de enseñanza, a la composición del sistema nacional y el sistema estatal de educación superior, así como a la relación entre los mismos y el sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación; el cuarto, de las acciones, concurrencia y competencias del Estado, formula la distribución de competencias exclusivas y concurrentes de la federación, la entidad y los municipios de Hidalgo.

Mientras que el quinto se refiere a los temas de coordinación, planeación y evaluación del sistema de educación superior; en el sexto, se concentra en los temas de financiamiento de los servicios educativos, se formula la instrumentación de un fondo estatal específico para lograr los propósitos de gratuidad de la educación superior, y el séptimo contiene las disposiciones relativas a las instituciones de particulares de educación superior, en especial el régimen para el otorgamiento del reconocimiento de validez oficial de estudios (RVOE), así como las obligaciones de los particulares.

En los artículos transitorios se establece, entre otras cosas, que en un plazo no mayor a 180 días a partir de la entrada en vigor de la ley se debe emitir el reglamento de la misma, que el Congreso local deberá contemplar la integración del Fondo Estatal Especial (destinado a asegurar a largo plazo) la obligatoriedad de los servicios de educación superior, para 2024 (el cual tendrá un crecimiento gradual en los futuros ejercicios fiscales), que las instituciones de educación pública superior autónomas podrán establecer mecanismos para recibir donativos y que, en cumplimiento a la obligatoriedad y su gratuidad, esta se dará de manera progresiva hasta llegar a su cobertura total en un plazo de 10 años.

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