Tras revés de la SCJN, Congreso analiza si empresa debe reponer consultas de 12 mdp

Tras el revés de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a las reformas electorales en materia indígena y de participación de persona con discapacidad y de la diversidad sexual, el presidente de la Junta de Gobierno, Jesús Osiris Leines Medécigo, indicó que la empresa que efectuó la consultas en los primeras dos temas, SEAP Consultores SC, debe “dar respuesta”

“Nosotros estamos ya analizando para ver si esta empresa que llevó a cabo las consulta (para reforma la ley comicial) puede reponer las fases”, sostuvo el petista.

Adelantó que buscarán a la empresa para que le informe en qué términos fueron establecidos los contratos, en 2022, para efectuar las consultas en materia indígena y de las personas con discapacidad.

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De acuerdo con los contratos CELSH-CAASSP-LP-003/2022 y CELSH-CAASSP-LP-004/2022, celebrados durante al periodo de la Junta de Gobierno a cargo del morenista Jorge Hernández Araus, el Congreso pagó 9 millones 720 mil 800 y 2 millones 494 mil pesos: 12 millones 214 mil 800 de pesos por ambos trabajos.

Primero debemos (esperar) de que nos llegue ya el documento de manera oficial, que es lo que se tiene que hacer”, apunto Leines Medécigo.

De la reforma en materia indígena, indicó tener conocimiento de que tres fases fueron aprobadas y otras se tienen que repetir, por no haberse efectuando conforme a los parámetros establecidos por la SCJN. Mientras que de la reforma en favor de personas con discapacidad, sostuvo, “tiene observaciones”.

Ya llegando ese resultado, veremos cuál es el procedimiento a atender, yo tengo entendido que sí tiene que dar respuesta quien realizó esta consulta ”, añadió en integrante de Grupo Universidad.

DatoAcro

-El jueves pasado, la SCJN dejó sin efectos los decretos 573 y 576 de la reforma electoral publicada por el Congreso de Hidalgo el 22 de agosto de 2023, cuyos procesos de consulta a personas con discapacidad y comunidades indígenas costaron al erario 12 millones 214 mil 800 de pesos.

-Las consultas a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como a personas con discapacidad, no se llevaron a cabo de acuerdo con los parámetros previamente fijados y ordenados por la SCJN en la acción de inconstitucionalidad 108/2019 y su acumulada 118/2019.

-La invalidez de los decretos surtirá efectos al concluir el proceso electoral en curso, plazo durante el cual el legislador local deberá realizar las consultas respectivas.

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