El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) confirmó los resultados electorales para los ayuntamientos de El Arenal a favor del Partido Revolucionario (PRI), así como de Tenango de Doria para la candidatura común Seguiremos Haciendo Historia, de Morena y Nueva Alianza Hidalgo (Panalh).
En sesión de este martes, el TEEH abordaron los juicios de inconformidad promovidos por Morena-Panalh y Movimiento Ciudadano (MC) para tratar de modificar o anular los resultados de la contienda electoral del 2 de junio.
En el expediente TEEH-JIN-010/2024, la alianza Seguiremos Haciendo Historia pretendió la nulidad de votación en la casilla 338 básicas de la elección del ayuntamiento de El Arenal, donde ganó el Partido Revolucionario Institucional (PRI), con Jensen Benony Oropeza Pérez.
Entre los alegatos de los inconformes para pedir la anulación de la votación de esa casilla se encuentra a la supuesta presión sobre el elector, pues alegó que el candidato ganador se presentó a formarse y emitir su voto desde las 8:00 horas, pero permaneció en el lugar abordando a los votantes que acudían a la casilla y realizando proselitismo a su favor.
Sin embargo, el TEEH consideró que de la elaboración de pruebas aportadas por las partes, en lo individual y en conjunto, permite comprobar que la conducta denunciada por los partidos quejosos no se encuentra acreditada por ningún medio de prueba idóneo.
Además, las actas de incidentes durante la jornada electoral no reportan conducta irregular alguna.
Con ello se confirmó el resultado de la elección en el ayuntamiento de El Arenal y el único de los 84 municipios donde el PRI ganó en solitario.
También se resolvió el expediente TEEH-JIN-039/2024, promovido por MC, contra los resultados por la presidencia municipal de Tenango de Doria a favor de la candidatura común Seguiremos Haciendo Historia, encabezada por Martha López Patricio.
El partido naranja manifestó que la elección debía declararse nula al alegar tres puntos: inequidad en la contienda, violación a los principios imparcialidad y neutralidad y por la comisión de actos de violencia política contra su candidata, María Victoria Téllez Mendoza, quien obtuvo el segundo lugar.
Asegura que su candidata solamente contó con 16 días para realizar campaña, ya que el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) negó el registro de la misma y al culminar la cadena impugnativa se le aprobó hasta el 14 de mayo; sin embargo, se consideró infundado el. agravio.
Sobre la presunta intromisión de servidores públicos en la campaña y actos de violencia política, en ambos casos se determinaron inoperantes, pues solamente se constituyeron como “meras afirmaciones” sin estar sustentadas, lo cual imposibilita un estudio de fondo.
El TEEH también rechazó la anulación de tres casillas por la acusación de mediar error y dolo en los cómputos respectivos, ya que en la revisión de los datos de las actas se tuvo coincidencia lógica en lo conteos, por lo cual se ratificó el resultado obtenido a favor de la candidata de Morena y Panalh como alcaldesa electa.
Hasta el momento, el tribunal ha resuelto 15 impugnaciones relativas a las elecciones municipales, cuyos resultados han sido ratificados.
Reportero