Proponen endurecer penas por extorsión digital en Hidalgo

Ante el aumento en conductas delictivas de extorsión por medios digitales, telefónicos o similares, la diputada Cynthia Citlali Delgado Mendoza presentó una iniciativa de reforma para establecer penas de ocho a 12 años de prisión, con el agravante para incrementarlas si se comete desde un penal, contra personas adultas mayores, con discapacidad, menores y adolescentes o, en su caso, con el castigo mayor por usurpación de identidad.

En sesión de este martes, la morenista propuso adecuaciones al Código Penal para el Estado de Hidalgo para endurecer las penas contra quien realice ese delito bajo vías digitales.

En México, la extorsión muestra un incremento preocupante, según datos de la Coparmex. Durante los primeros cuatro meses de 2024, se registraron 3 mil 765 casos, un 8.3 por ciento más que en el mismo periodo del año anterior. Según la Secretaría de Seguridad Pública de Hidalgo, entre septiembre de 2022 y abril de 2024 se registraron 9 mil 448 denuncias de extorsión telefónica no consumada y 523 consumadas a través del número de denuncia anónima 089”, menciona la exposición de motivos.

La legisladora dijo que el Código Penal del Estado de Hidalgo ya contempla el delito de extorsión, con penas que van de dos a ocho años de prisión y una multa de 25 a 250 días, pero no responden a las nuevas dinámicas en las que comete, indicó.

Consideró que las penalidades que establece la ley actualmente no son proporcional con la gravedad del daño que sufren las víctimas ni al impacto social de ese delito.

Este endurecimiento de las penas responde a la necesidad de enviar un mensaje claro y contundente de que el Estado no permitirá que la ciudadanía siga siendo víctima de este delito sin consecuencias para quienes lo cometen. En los últimos años, el crimen organizado ha utilizado la extorsión telefónica como una de sus principales fuentes de financiamiento”, manifestó.

La reforma propone modificar el artículo 216 del Código Penal sobre el delito de extorsión para incrementa el rango mínimo de dos a cuatro años de prisión a quien cometa ese delito y mantener la máxima de 8 años. Además, pasar de 25 a 250 días de multa a 500 a mil 500 el valor de la Unidad de medida y Actualización (UMA).

En ese mismo artículo se propone suprimir el tercer párrafo que señala la modalidad de extorsión vía telefónica, por redes sociales, aplicaciones móviles, correo electrónico o comunicación satelital o radial, para establecer un nuevo artículo, el 216 Bis, y ampliar en el mismo las modalidades de ese delito.

Comete el delito de extorsión telefónica o digital quien, por medio de llamadas telefónicas, mensajes de texto, correos electrónicos, redes sociales, aplicaciones móviles, plataformas digitales u otros medios de comunicación electrónica, radial o satelital, realice amenazas, coacciones o engaños con el fin de obtener un beneficio económico indebido o de generar temor en la víctima para condicionar su actuar en perjuicio de su patrimonio o de un tercero”, menciona la propuesta de adición.

En esas modalidades se plantea una pena mínima de ocho años de prisión y máxima de 12, además de multas de 500 a 5 mil el valor de la UMA.

En las agravantes, si este delito se comete contra personas adultas mayores, con discapacidad, o niñas, niños y adolescentes, la pena se aumentará en una mitad, por lo que alcanzaría los 18 años de cárcel.

Si la misma se comete con la suplantación de identidad, falsificación de datos o usurpación de funciones de una autoridad, banco u otra institución pública o privada, el castigo se incrementará en dos terceras partes: hasta 20 años. 

Además, la iniciativa indica que si esas actividades ilícitas se dan desde un centro penitenciario o con la complicidad de alguna persona privada de la libertad o autoridad penitenciaria, se impondrá la pena máxima establecida en ese artículo y se sancionará a los servidores públicos involucrados conforme a las disposiciones aplicables.

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