Diputados del Congreso de Hidalgo presentaron una reforma para la creación de un Comité Técnico Permanente de Consulta Indígena como órgano asesor para actividades de referendo a los pueblos y comunidades originarias, así como para eliminar el requerimiento del 2 por ciento del sector involucrado para poder realizar una.
La propuesta de los legisladores Yarabi González Martínez, Alma Rosa Elías Paso, Arturo Gómez Canales, Aldo Meza Hernández y Julián Nochebuena Hernández implica reformar diversas disposiciones del capítulo tercero de la Ley de Derechos y Cultura Indígena para el Estado de Hidalgo, con el cual se busca atender la consulta indígena en materia electoral, misma que fue revertida en dos ocasiones por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al considerarla inadecuada, por lo cual se debe reponer.
Según la argumentación de la propuesta, el diseño actual de los procesos de consulta a los pueblos originarios es insuficiente para garantizar la protección efectiva de sus derechos.
Indicó que la creación del Comité Técnico Permanente de Consulta Indígena sería una medida estratégica para fortalecer la coordinación entre dependencias y garantizar que las consultas se realicen bajo principios de buena fe, transparencia y respeto a la diversidad cultural.
“El comité no será un órgano decisorio, sino uno de coadyuvancia y opinión técnica, cuya misión es apoyar a las autoridades en la correcta implementación de las consultas”, precisa el documento.
La propuesta señala que el ente será de opinión técnica, cuya función es apoyar y orientar a las autoridades estatales y municipales en la planificación y ejecución de los procesos de consulta.
De acuerdo con su estructura, lo integrarán la Secretaría de Gobierno, la Unidad de Planeación y Prospectiva, la Secretaría de Bienestar e Inclusión Social, junto a la Comisión Estatal para el Desarrollo Sostenible de los Pueblos Indígenas y dependencias adicionales, en el caso de que las consultas involucren áreas específicas.
Además, su función será de asesoría, supervisión de protocolos y de evaluación y mejora continua.
La iniciativa también propone la eliminación del requisito de que al menos el 2 por ciento de la población indígena impactada solicite formalmente la consulta para su elaboración, por lo que se otorga al Estado la obligación de realizar las consultas de oficio y asegurar que ese sector no dependan de peticiones específicas para ejercer este derecho.
La propuesta de modificación al artículo 12 de la Ley de Derechos y Cultura Indígena para el Estado de Hidalgo expone que el capítulo tercero tendrá como finalidad garantizar el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a ser consultados sobre las medidas legislativas o administrativas que se pretendan adoptar, cuando estas puedan causar afectaciones o impactos significativos en su vida o entorno, con la finalidad de obtener su consentimiento o, en su caso, llegar a un acuerdo sobre tales medidas.
Además, en el artículo 12 Bis se establece que es un mecanismo de participación ciudadana y comunitaria, el cual contará con el comité técnico y con perspectiva intercultural.
En tanto, en el artículo 14 se pretende eliminar el requerimiento de que las consultas indignas se realizarán a solicitud de la autoridad directamente involucrada o a petición de cuando menos el 2 por ciento de la población indígena afectada, por lo que la reforma solamente establece los temas objetos de opinión.
Mientras que en el artículo 18 se contempla la creación del Comité Técnico de Consulta Indígena y las dependencias integrantes.
DatoAcro
-En el segundo transitorio de la propuesta de reforma indica que para la regulación del Comité Técnico de Consulta Indígena el Poder Legislativo contará con 180 días naturales a partir de su entrada en vigor.
Reportero