Proponen agravar penas por delitos sexuales contra personas con discapacidad

La diputada Yarabi González Martínez presentó una iniciativa para reformar disposiciones del Código Penal para el Estado de Hidalgo y establecer agravantes cuando se cometa el delito de intimidad sexual u hostigamiento sexual contra personas con discapacidad.

En sesión de este martes, la legisladora de Morena refirió que Hidalgo ocupa el séptimo lugar nacional con porcentaje de ese sector poblacional.

Recordó que los datos más recientes de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021 arrojaron que el 72.6 por ciento de las mujeres con discapacidad en México han sufrido algún tipo de violencia y casi la mitad han sido víctimas de violencia sexual.

En Hidalgo, añadió, más de la mitad ha vivido agresiones sexuales, muchas de ellas dentro del entorno familiar y en un lugar donde deberían de sentirse seguras, señaló.

Dijo que las personas con discapacidad tienen entre cuatro y 10 veces más probabilidad de sufrir violencia, debido a factores como la dependencia, el aislamiento, las barreras de comunicación y la falta de información accesible.

“Esta iniciativa nace de una realidad que duele, del silencio en el que muchas víctimas han tenido que vivir de la falta de condiciones para defenderse, de un sistema que no siempre ha estado a la altura para protegerlas. Nace de la invisibilidad, del abandono y muchas veces de la impunidad”, expuso.

De acuerdo con la propuesta, para fortalecer la protección a personas con discapacidad la iniciativa pretende reformar el artículo 37 del Código Penal, que implica la reparación del daño cuando la víctima sea una persona con discapacidad.

Deberá contemplar, de manera indispensable, la restitución, reparación o provisión de ayudas técnicas, prótesis, dispositivos de apoyo a la comunicación o terapias especializadas que requiera como consecuencia del delito”, dice.

En el artículo 181 sobre violación, que establece el aumento de una mitad en la punibilidad como agravante al delito de violación contra una persona con discapacidad, se agrega que un párrafo que define a ese sector poblacional.

Para los efectos de este Título, se entenderá por persona con discapacidad a aquella que tenga alguna deficiencia física, mental, intelectual o sensorial a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras físicas, comunicacionales, normativas, actitudinales, lingüísticas o culturales, pueda impedir su inclusión y participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”, señala.

También propone agravar en una mitad la pena por los delitos de violación a la intimidad sexual y hostigamiento sexual cuando se cometa contra ese sector poblacional, con modificaciones a los artículos 183 quater y 189 bis.

Porque cuando una persona con discapacidad es víctima de violencia, el daño no es el mismo, es más profundo, más difícil de denunciar y muchas veces más difícil de reparar”, recalcó la diputada.