El diputado Julián Nochebuena Hernández presentó una iniciativa para incrementar las penas por los delitos de homicidios o lesiones cometidas por conductores en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, con el fin de que por esta conducta el implicado no puedan seguir su proceso en libertad.
En la última sesión de mayo, el legislador de Morena subió a tribuna para presentar la propuesta de reforma al artículo 149 del Código Penal del Estado de Hidalgo.
El morenista enunció varios casos ocurridos en los cuales personas y familias han muerto a causa de la imprudencia de conductores alcoholizados, en cuyos casos, refirió, todos los responsables enfrentaron su proceso en libertad y resolvieron su situación penal con el pago de la reparación del daño.
Sí, la vida de tu hijo, de tu hermano, de tus padres o de cualquier integrante de la familia tiene una tarifa y el responsable puede ser liberado a las 72 horas porque así lo establece la ley. Pueblo de Hidalgo, desde esta tribuna les digo fuerte y claro que hoy estamos buscando cambiar esa realidad, proponiendo actualizar nuestro marco normativo para que este delito sea considerado como grave”, dijo el diputado.
Expuso que en México el 70 por ciento de los accidentes de tránsito están relacionados con el consumo de alcohol, de acuerdo con cifras de la Organización Mundial de la Salud, lo que se vincula a la muerte de 24 mil personas y a ser el séptimo lugar mundial en decesos por esa causa.
En tanto, la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2023 indica que el 8.4 de las personas con lesiones de tránsito estaban bajo los efectos del alcohol al momento de los percances.
En tanto, en 2023 Hidalgo fue el segundo estado con mayor aumento de accidentes de tránsito provocados por conductores ebrios, con un incremento de 80.57 por ciento en comparación con 2022.
Esta iniciativa no busca criminalizar de manera desproporcionada ni castigar sin razón, sino darle al sistema de justicia herramientas claras y proporcionales al daño causado”, recalcó.
La propuesta prevé establece en el artículo 149 del Código Penal estatal que a la persona que por manejar vehículos en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes o cualquier otra sustancia que cause similares prive de la vida a otra de forma culposa se le impondrá de 5 a 10 años de prisión y multa de hasta 250 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Actualmente la ley dicta una pena mínima de 4 años y multa de 200 veces el valor de la UMA.
La propuesta señala que, aunado a las penas que por el delito de lesiones y homicidio por esta situación, se impondrá la suspensión de la licencia vigente para conducir vehículos automotores y la inhabilitación para obtener otra de la misma naturaleza, las cuales deberán ser por una temporalidad igual a la pena que se determine.
El legislador sostuvo que el hecho de que un delito sea grave significa que la pena prevista superará los cinco años de prisión y no se permitirá la libertad condicional o la fianza durante el proceso judicial.
Sabemos que muy probablemente se emitan opiniones de esta propuesta desde una perspectiva estrictamente técnica, académica o doctrinal. Entendemos y respetamos esas posturas, pero también es momento de ponernos y que pongamos nuestra mirada en las víctimas”, expuso.
En tal sentido, pidió que se eviten vacíos en la ley que deriven en la impunidad, pues no se puede continuar permitiendo que la falta de intención se convierta en una excusa para evitar la responsabilidad, ya que conducir en estado de ebriedad es una decisión consciente, personal y evitable, dijo.
En esta tribuna no estamos para proteger privilegios ni para ser cómplices de los responsables bajo la consigna de protección a los derechos humanos. Aquí estamos para legislar por el bien común y por la vida. Porque el derecho humano más importante que debemos proteger es el derecho a la vida”, añadió.

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