Ordena TEEH a Tezontepec de Aldama reincorporar a regidora y pagarle

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) ordenó al ayuntamiento de Tezontepec de Aldama reincorporar a la regidora a Raquel Santiago González, luego de la negativa del Cabildo a su solicitud para regresar al cargo, y pagar las dietas no dadas a la quejosa desde que realizó su petición. Además, le recordó a la asamblea local que no tiene facultades para decretar ausencias definitivas de sus integrantes.

En sesión de este jueves, los magistrados resolvieron el juicio ciudadano TEEH-JDC-079/2025, promovido por la edil emanada del Partido del Trabajo (PT) por la violación de su derecho político-electoral a ejercer el cargo para el cual fue electa, acción atribuida a la alcaldesa panista Ana María Rivera Contreras y a los asambleístas, en una votación durante la 24 sesión ordinaria de este cuerpo colegiado, realizada este año.

La ponencia de la magistrada Lilibet García Martínez señala que, mediante oficio, la edil solicitó su reincorporación al encargo, después de una licencia por tiempo indefinido que le otorgó el Cabildo el 21 de octubre de 2024, hace más un año.

Sin embargo, en la sesión de la 24 asamblea ordinaria, celebrada el 22 de septiembre de 2025, se determinó por mayoría de votos negar su solicitud de regreso al cargo.

La decisión también tuvo como efecto que dejara de percibir la dieta desde que pidió su reincorporación y le fue negada; es decir, por más de un mes.

Como parte del procedimiento compareció la regidora Dayanit Alondra Hernández Serrano, para que le fuera reconocido el carácter de tercero interesado, pues es la persona que el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) designó para ocupar su el espacio de la quejosa durante su ausencia.

Derivado del derecho del Partido del Trabajo a esa posición de regiduría por el principio de representación proporcional, se considera procedente que para cubrir esa vacante por licencia por tiempo indefinido aprobada, se asigne a la siguiente fórmula que le fue aprobada y registrada a ese instituto político y perteneciente al mismo género”, se aprobó en el acuerdo IEEH/CG/298/2024 para suplir a Santiago González, al acreditarse que no contaba con suplente.

La sentencia señala que “es evidente que con el actuar del ayuntamiento, de manera injustificada, al manifestar la negativa de reincorporación, se vulneran derechos políticos electorales en la vertiente de ejercicio del cargo de la actora”, bajo la premisa de que los cargos públicos de los miembros de los ayuntamientos son irrenunciables y el Cabildo no tiene facultades para decretar ausencias definitivas de alguna o algunos de sus integrantes.

De acuerdo con el resolutivo, el TEEH revocó el punto seis, aprobado en la sesión ordinaria 24 del Cabildo de Tezontepec de Aldama.

A su vez, conminó a los regidores abstenerse de realizar actos que vulneren los derechos político-electorales de cualquier integrante del Cabildo.

Comparte se te ha gustado
Noticias Acrópolis