El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) ordenó al alcalde de Mineral de la Reforma, el morenista Eduardo Medécigo Rubio, a su tesorero, al titular del Órgano Interno de Control y al secretario General municipal entregar información sobre contratos y archivos y dar contestación a los oficios solicitados por la regidora Marlene Puertas Ramírez.
En la resolución del expediente del juicio ciudadano TEEH-JDC-409/2024, los magistrados determinaron fundada la queja de la edil panista, por la vulneración de sus derecho político-electoral para el ejercicio del cargo.
A través de siete oficios, la asambleísta solicitó información a las autoridades responsables, misma que no fue considerada como respondida.
Entre lo requerido por la edil se encuentran la grabaciones de audio y video de un sesión de la Comisión de Hacienda, información sobre archivos municipales, copias de las declaraciones iniciales presentadas por los servidores públicos municipales dados de alta en el primer mes de la actual administración y copias de los contratos firmados al 15 de noviembre de 2024 por el ayuntamiento, entre otros.
En respuesta, las autoridades municipales respondieron que no estaban en condiciones para entregar lo solicitado en los tiempos requeridos, que se encontraba “legalmente imposibilitado para hacerlo” o que lo remitió a otras áreas.
La sentencia señala que las solicitudes de información hechas por la edil están relacionada con sus derechos político-electorales y que el gobierno de Medécigo Rubio no acreditó que se que atendieron las peticiones de la panista.
El TEEH ordenó que dentro de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que se le notifique la resolución, las autoridades de Mineral de la Reforma realicen “todas las gestiones necesarias ante las instancias municipales a efecto de entregar a la actora la información solicitada”, así como dar contestación debidamente fundada y motivada respecto a los oficios.
En caso de estar imposibilitado para entregar información sensible por tratarse de datos personales de terceros, de igual manera deberá emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda”, señala la resolución del expediente.

Editor general, reportero