Ordena TEEH a Cabildo de Pisaflores tomar protesta a alcalde suplente en 24 horas 

Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) ordenaron al Cabildo de Pisaflores que mediante sesión solemne pública le dé formal toma de protesta a Silvestre García Márquez como presidente municipal de esta demarcación, como suplente de Miguel Bahena Solórzano -asesinado el 20 de octubre pasado-, en un plazo no mayor de 24 horas después de la notificación de la sentencia. El Cabildo no tenía facultades para rechazar que el quejoso asumiera el encargo, recalcaron los magistrados.

Este viernes, el organismo jurisdiccional electoral resolvió el juicio ciudadano TEEH-JDC-094/2025, promovido por la negativa de los regidores  darle posesión como edil de la demarcación.

El pasado 7 de noviembre, se celebró la sesión extraordinaria de Cabildo, en la que los ediles rechazaron la petición de García Márquez de asumir como presidente municipal, con siete votos en contra y tres abstenciones.

Según los integrantes de la Asamblea municipal, el rechazo se debe a que el suplente cuenta con antecedentes penales y no tiene con un modo honesto de vivir, además de que no se acreditaba su vecindad en el municipio, al alegar que vivía y trabajaba en Jacala de Ledezma, lo cual consideraron como causales para no darle la posesión al encargo.

No obstante, la ponencia a cargo de la magistrada Lilibet García Martínez consideró fundados los agravios expuestos por García Márquez, al violentar su derecho político electoral de votar y ser votado, y pasar con ello en alto lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, que establece el procedimiento a seguir en el caso de la ausencia del Ejecutivo municipal.

«De una interpretación sistemática y funcional de lo dispuesto en el marco normativo aplicable, no se tiene la existencia de un mecanismo por el cual se establezca que será decisión de los integrantes del ayuntamiento en actuación colegiada, el aceptar o no la incorporación del presidente suplente, ya que no cuentan con facultades inherentes al cargo para emitir tal determinación«, señala su ponencia.

Por ello, se aprobó dejar sin efectos por mandamiento judicial el punto cinco del orden del día de la sesión de Cabildo llevada a cabo el 7 de noviembre pasado.

Además, ordenar al encargado de despacho de la presidencia municipal de Pisaflores realizar las gestiones necesarias para que, en un plazo no mayor a 24 horas contadas a partir de la notificación de la sentencia, convoque a los integrantes del ayuntamiento a una sesión pública solemne de Cabildo con la finalidad de que el quejoso asuma el cargo de presidente municipal suplente rindiendo la protesta .

La magistrada mencionó que los integrantes del Cabildo no se centraron en lo que establece la normativa en la materia, que es hacer rendir protesta a García Márquez, y por el contrario invadieron competencias ya definidas en la Construcción y legislación electoral.

«En consecuencia, en mi criterio, los actos asumidos por las responsables trastocaron e hicieron nulidad la voluntad del electorado depositada en las urnas el pasado 2 de junio, en el cual resultó electo el actor y por lo tanto afecta el valor que tiene el voto de cada ciudadano que ejerció ese derecho», mencionó la magistrada.

Ante los señalamientos vertidos contra el suplente por tener antecedentes penales y no tener la residencia, García Márquez recalcó que mediante documentos presentados por el suplente se consta que no tiene esos pendientes , puesto que se le otorgó una constancia de no inhabilitación para ejercer cargo público alguno, además de una constancia de no antecedentes penales , expedidos por la Contraloría estatal y la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo, respectivamente.

«De ahí que resulte irrisorio tomar como válidas las aseveraciones realizadas por las responsables y mucho menos que justifiquen legal y suficientemente para determinar que al día de hoy existe la negativa de que el actor asuma el cargo y rinda la contesta de ley como corresponde», recalcó.

A ello, sus compañeros magistrados Leodegario Hernández Cortés y Rosa Amparo Martínez Lechuga coincidieron con la ponencia y en el criterio que el Cabildo se sobrepasó en sus facultades, por lo cual acompañaron con su voto a favor.

El TEEH ordenó que se le dé posesión como alcalde suplente a García Márquez en un plazo no mayor de 24 tras hacerse la notificación a este ayuntamiento.

Además, que se haga la estimación por parte de la Tesorería municipal de las remuneraciones al alcalde suplente desde el 7 de noviembre hasta el día de la sentencia.

Además, conminó al Cabildo a evitar la vulneración de los derechos políticos y electorales de cualquier miembro del cuerpo edilicio y prevalecer el correcto cumplimiento del funcionamiento del municipio para mantener la paz social.

CONTEXTO

La resolución se da casi un mes después de la negativa de los regidores de Pisaflores a que el suplente asumiera el encargo como presidente municipal.

Ese mismo día, María Fernanda Martínez Hernández, viuda del alcalde asesinado, pidió a los regidores que Carlos Guadalupe Bahena Solórzano, Miguel, fuera a quien se le diera la encomienda de presidente municipal.

DatoAcro 

-El secretario general del Comité Ejecutivo Estatal del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en Hidalgo, Avelino Tovar Iglesias, señaló que la situación de Pisaflores no solamente estaba fuera del marco legal, sino que existía ingobernabilidad al no respetar la ley los integrantes de la Asamblea municipal.