Emite CDHEH tres recomendaciones por violencia obstétrica, abuso sexual y revictimización

Por violencia obstétrica, abuso sexual a una menor por parte de un oficial de policía, así como por revictimización a una mujer por parte de un agente de Investigación de la procuraduría estatal, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo (CDHEH) emitió tres recomendaciones, dos meritorias de disculpa pública y una para la inscripción en el Registro Estatal de Víctimas para su acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral del daño.

La ombudsperson Ana Karen Parra Bonilla informó del resultado que arrojó la investigación a los expedientes R-IXM-0002-24, R-TA-0003-24 y R-VG-0004-24, que implican a la Secretaría de Salud estatal, al ayuntamiento de Atotonilco de Tula y a la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo (PGJH) en conjunto con el Centro de Justicia para Mujeres para el Estado de Hidalgo (CMJH), respectivamente.

Tras acreditar hechos violatorios a derechos humanos se emitieron medidas de reparación de daño, no repetición de este tipo de conductas y demás responsabilidades, por lo que la SSH y el ayuntamiento involucrado deben de dar una disculpa pública por este actuar. En tanto, la persona afectada por el actuar de la PGJEH y el CJMH debe ser incorporada al Registro Estatal de Víctimas para su acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral del daño.

VIOLENCIA OBSTÉTRICA

La primera recomendación, bajo el expediente R-IXM-0002-24, corresponde al caso de una mujer que no recibió la atención médica adecuada en el Hospital General de Huichapan, en el Servicio de Urgencia Obstétrica.

De acuerdo con la CDHEH, se acreditó que no se atendió oportunamente a la víctima, ya que cuando requirió una cirugía abdominal o cesárea, no se le aplicó por la falta de personal médico: especialistas en Anestesiología y Ginecología, lo que implica que no se realizó correctamente la prestación del servicio de salud.

La persona estaba embarazada y su bebé falleció, pero no a causa de las negligencias denunciadas, sino por la obstrucción del cordón umbilical.

“Por lo antes descrito, se destaca que el Servicio de Urgencia Obstétrica del HGH el 20 de julio de dos mil 2017, no contaba con personal médico ginecoobstetra de guardia responsable, especialista en anestesiología ni radiólogo, para atender a las personas usuarias o derechohabientes, que así lo requirieran, con lo que se incumplió con una de las cuatro especialidades (Cirugía General, GinecologíaObstetricia, Medicina Interna y Pediatría) que debe de tener un Hospital de Segundo Grado”, dice el expediente.

Además, tras la pérdida del neonato la mujer no recibió acompañamiento psicológico del hospital, a lo que se suma el inadecuado llenado del certificado de muerte fetal.

Por ello, la comisión determinó que las violaciones a diversos derechos en materia de acceso a la salud implican la presencia de violencia obstétrica.

“Su conjunto, constituyen violencia obstétrica, entendiendo por ésta toda forma específica de violencia ejercida por personal de salud o instituciones públicas o privadas hacia las mujeres embarazadas en labor de parto y/o puerperio, mismas que son consideradas como violaciones a los derechos humanos reproductivos y sexuales de las mujeres”, expone la recomendación.

ABUSO

La segunda recomendación, la R-TA-0003-24, implica a la alcaldía de Atotonilco de Tula a través de su Dirección de Policía Municipal, por un abuso sexual por medio de tocamientos y acoso ejercidos por un elemento de seguridad en la zona de la colonia Paseos de la Pradera.

De acuerdo con el testimonial, en 2022 la mujer y un amigo caminaban por este sitio y el joven fue a un baldía a orinar, por lo que dos elementos en una patrulla los interceptaron. Uno le quitó un bolso que tenía el joven para acercarse a la afectada y preguntarle si era suyo, lo cual confirmó.

Al amagar con llevárselos detenidos le pide su número telefónico a la joven, la cual se lo dio ante la presión. Al marcarle y verificar que sí era, el policía la besó y agarró un glúteo para posteriormente citarla en otro lugar, donde pretendía obtener algún beneficio, afirma el expediente.

La quejosa, acompañar de otras personas al lugar acordado, fue cuestionada por el uniformado: “Qué onda, quieres pistear o que (sic)”, y posteriormente le pidió que se dirigiera a un lugar donde no hubiera tanta luz y le externó “por donde no esté muy alumbrado pa (sic) que la gente no vea” y confirmarle que estaba en la patrulla.

No obstante, no se realizó el encuentro y el uniformado borró los mensajes; sin embargo, la joven tomó capturas de pantalla para guardar las evidencias.

Por este episodio, la CDHEH instruyó que la rehabilitación incluye la atención médica y psicológica, así como servicios jurídicos y sociales para la menor. Además, inscribirla en el Registro Estatal de Víctimas, a fin de que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral correspondiente que incluya la reparación integral del daño por la actuación del personal de esa Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Atotonilco de Tula.

Por los hechos, el implica se encuentra suspendido y con una causa penal en contra por el presunto abuso sexual.

REVICTIMIZACIÓN 

El tercer caso, que se encuentra en el expediente R-VG-0004-24, se refiere al caso de una mujer víctima, en un primera instancia, de violencia familiar contra ella y contra una menor, por lo cual acudió al Centro de Justicia para Mujeres de Hidalgo para solicitar apoyo, con lo que se originó una carpeta de investigación por los hechos.

Sin embargo, en el proceso de investigación un agente de Investigación, el cual no estaba a cargo del caso, emprendió actos de acoso, pues le pidió en mensajes de WhatsApp “salir con ella”, lo cual se encuentra fuera de toda práctica profesional por parte de los agentes de investigación de la PGJH.

“No actuó bajo los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, haciendo caso omiso a la conducción del AMP para efecto de la investigación y persecución de los delitos, pues era su obligación adoptar medidas que se consideraran necesarias en el ámbito de su respectiva competencia para evitar algún peligro inminente en la integridad física y psicológica de Q1 como víctima directa”, refiere la recomendación.

Por ello, la CDHEH recomendó dar vista a la Visitaduría General, al Comité de Ética y Prevención de Conflicto de Interés y al Órgano Interno de Control de la PGJH, para que inicien, den seguimiento y concluyan los procedimientos derivados de la actuación indebida de las personas responsables.

Además, capacitar al personal de la Agencia de Investigación Criminal con la finalidad de que en el ejercicio de sus funciones, al tener contacto con víctimas de delitos, el trato que brinde se apegue a los principios legales.

En tanto, la CDHEH instó al CJMH a instaurar un protocolo o mecanismo de las atenciones efectuadas a las usuarias víctimas de delitos, además de capacitar al personal del en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y normativa en la materia.

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