Dan a exdirector de Radio y Televisión 10 años de prisión por “maquinar” peculado de 242 mdp

Un Tribunal de Enjuiciamiento sentenció esta tarde a Sergio Islas Olvera, exdirector del Sistema Radio y Televisión de Hidalgo (SRTH), a 10 años tres meses de prisión tras haber sido encontrado culpable la semana pasada por el delito de peculado por 242 millones 492 mil 793 pesos, por 10 contratos, de 2012, del ente descentralizado con dos empresas y un particular cuyos servicios no se realizaron, así como por la imposición de un crédito fiscal del Sistema de Administración Tributaria (SAT) por la simulación de operaciones financieras.

El exfuncionario de la administración de Francisco Olvera Ruiz también deberá pagar una multa de 22 mil 568.56 pesos, así como 242 millones 492 mil 793 pesos por concepto de reaparición de daño, determinó el Tribunal de Enjuiciamiento conformado por el presidente Hibels Jose Luis Crespo García, el juez relator Óscar Hernando Barrones Castillo y juez tercero Ángel Galindo Nájera.

El fallo podrá ser recurrido en segunda instancia, si así lo considera, a partir del 9 de julio, luego de que se realice la lectura y explicación de la sentencia.

El exservidor público fue declarado culpable el 28 de junio por el delito de peculado por el pago de un crédito fiscal por 115 millones 955 mil 695 de pesos, por operaciones simuladas, y por haber subcontratado, a través de dos subordinados, a las empresas Grip Forum Arte, Diseño y Cinematografía (98 millones 630 mil 835.40 pesos) y Double Click SA de CV (23 millones 95 mil 118.66) y a la persona física Gilberto Solís Mendívil (5 millones 639 mil 104.04) para realizar campañas y servicios por 126 millones 537 mil 97 pesos para cinco entes federales: la entonces Secretaría de de Desarrollo Social (Sedesol), Petróleos Mexicanos (Pemex), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), la Secretaría de Salud  (Ssa) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE), con quien el ente descentralizada había asignado una decena contratos a lo largo de 2012.

Debido a que no se comprobó que los servicios se hayan realizado, los jueces determinaron que Islas Olvera distrajo para otros los recursos públicos del SRTH.

Durante la audiencia de individualización de sentencia y reparación de daño, efectuada esta tarde, el Ministerio Público solicitó la aplicación de la pena máxima por el delito de peculado, pues argumentó que el daño causado por la conducta irregular del exservidor público afectó el patrimonio del SRTH y los millones no se aplicaron en el crecimiento de la institución.

En tanto, la defensa del condenado solicitó que se aplicara el grado de reproche mínimo para su cliente, de cinco años de prisión.

Tras escuchar los argumentos y deliberar, el Tribunal Enjuiciamiento determinó imponer una pena media, entre el mínimo de cinco y el máximo de 12 años.

El juez relator expuso que la afectación por la distracción de los recursos es “de consideración”, pues se trata de “muchos millones de pesos”.

Asimismo, señaló que el exfuncionario actuó de manera dolosa, lo que además provocó que el ente estatal fuera sancionado por el SAT debido a la simulación de operaciones financieras. Además, dijo que se valió de dos empresas y una persona física para el desvío de recursos.

Añadió que no le asistía la razón al Ministerio Público en su argumentación para pedir el grado de reproche máximo en la sentencia, tampoco a la defensa, que pedía la pena mínima.

Indicó que Islas Olvera es “primodelincuente”, pues no se mostró prueba de lo contrario por parte de la representación social, lo que también influyó para no darle la pena máxima. Sin embargo, en en diciembre de 2017 fue condenado a mas de tres años de prisión por el delito de negociaciones indebidas por 77 millones 919 mil 524 de pesos, pero se le dio el beneficio de cumplió su condena en libertad, aunque no reparó el daño.

Barrones Castillo señaló que en la maquinación para triangular el dinero, de lo que se responsabiliza a Islas Olvera, requiere “agudeza”.

MP NO HACE VALER AGRAVANTE

Además de qué no presentó información a los jueces respecto de que el condenado ya contaba con una sentencia previa y que no es primodelincuente, el Ministerio Público tampoco hizo valer la agravante de que el delito es de tipo continuado; es decir, que se realizó durante un año, con lo cual el rango de la pena podía ir entre los 7 y 15 años, remarcó el relator.

Sin embargo, dijo que era notorio como argumento para que el tribunal elevara el grado de reproche en su sentencia, que recayó en 10 años y tres meses de prisión, a los cuales se les descontará el periodo que Islas Olvera ha pasado en prisión preventiva; además, la multa y la reparación del daño y la suspensión de sus derechos políticos.

Asimismo, en el momento de que la sentencia cauce ejecutoria; es decir, que quede firme, recibirá una amonestación, yo llamamiento para que no cometa de nuevo esa conducta ilícita.

Sin embargo, el tribunal rechazó la solicitud del Ministerio Público de que el exdirector ofreciera una disculpa pública debido a la etapa en que se encuentra, y que en la segunda instancia, que es el Tribunal de Alzada, puede apelar la sentencia.

El presidente del Tribunal de Enjuiciamiento le recordó a Islas Olvera que el fallo en su contra puede ser recurrido para su revisión en otra instancia si así lo desea.

Los jueces somos humanos, podemos cerrar, podemos equivocarnos”, expresó Crespo García.

DatoAcro
-El sentenciador fue director de Radio y Televisión en el periodo del 16 de marzo del año 2012 al 15 de abril de 2016.

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