El gobierno de Hidalgo creará una nueva estructura de Comunicación Social que dejará de depender de la Secretaría de Gobierno y será un órgano auxiliar del titular del Poder Ejecutivo estatal, nueva categoría de entidad paraestatal establecida en las reformas aprobadas a las leyes Orgánica de la Administración Pública y de Entidades Paraestatales de Hidalgo, propuestas por el gobernador Julio Menchaca Salazar.
La reforma, avalada por mayoría del Congreso de Hidalgo por mayoría, implica un cambio al artículo 10 en la ley de administración pública, en la que se agrega que el mandatario en turno establecerá áreas específicas de “comunicación social” para la difusión de los mensajes a la ciudadanía sobre programas, acciones y proyectos gubernamentales, de acuerdo con la normatividad establecida en la materia.
Una vez que entre en vigor el decreto, el gobernador tendrá un plazo no mayor a 30 días naturales para crear un ente público en materia de comunicación social, con su organización y atribuciones, señala el artículo tercero transitorio.
Hasta tanto se dé cumplimiento a lo descrito en el párrafo anterior, las dependencias y entidades encargadas continuarán operando de conformidad con sus atribuciones en la materia”, agrega.
Ante la creación del nuevo ente público que concentre las tareas de comunicación social de todas las dependencias de la administración pública estatal, se establecerá un comité encargado de la transferencia de los recursos humanos, financieros y materiales con los que cuenten las dependencias y entidades “que actualmente son responsables”.
La reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública también quita facultades a la dependencia que aún tiene la coordinación y control de la comunicación gubernamental en Hidalgo: la Secretaría de Gobierno.
Ello, a través de la derogación de los numerales XXXV y XXXVI del artículo 28, con lo que la dependencia que encabeza Guillermo Olivares Reyna perderá la atribución para la formulación, regulación y conducción la política de comunicación social para difundir la imagen del estado y el quehacer gubernamental, así como los planes de trabajo, objetivos y metas de las dependencias.
Tampoco tendrá la facultad de “orientar, autorizar, coordinar, supervisar y evaluar los programas de comunicación social de las dependencias y entidades de la administración pública estatal, para la difusión de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales”.
El organismo que deberá crear Menchaca Salazar tendrá la categoría de organismo auxiliar, nueva figura que se contempla en el artículo 53 Bis, el cual indica que esos entes paraestatales poseen personalidad jurídica, autonomía administrativa, técnica, de gestión, operativa y de ejecución, con o sin patrimonio propio, creados por decreto administrativo por el Titular del Ejecutivo.
En tanto, la reforma a la Ley de Entidades Paraestatales para el Estado de Hidalgo precisa, en su artículo 50 Ter, que se considerarán como organismo auxiliar a aquellos institutos, comisiones y coordinaciones, así como los demás organismos que desde su decreto de creación se les dé esa naturaleza. Sus titulares serán designados por el gobernador.
Los organismos auxiliares tendrán por objeto la realización de actividades estratégicas, funciones administrativas y de servicios para el desarrollo del Estado, mismas que le asignará la Persona Titular del Ejecutivo a través de su Decreto de creación”, señala.
Todos esos órganos con carácter de entidades paraestatales de la administración pública estatal deberán proporcionar información a la Oficialía Mayor en cuanto a los movimientos de recursos humanos e inmuebles sujetos al régimen del dominio público.
