Avalan Ley de Imagen Urbana; adiós a talleres y negocios en vía pública y tendederos en azoteas

El Congreso de Hidalgo aprobó el dictamen de la Ley de Imagen Urbana para el Estado de Hidalgo, iniciativa preferente enviada por el gobernador Julio Menchaca Salazar, a través de la cual se prohíbe que los talleres o negocios que presten un servicio o venta utilicen o invadan la vía pública, entre otras restricciones.

De acuerdo con el dictamen, se deberá homologar el color de las fachadas y techumbres, así como la publicidad de los establecimientos mercantiles o similares, en zonas de valor histórico y turístico, con base en una paleta de colores que responda a la identidad local e histórica.

Además, “evitar” utilizar las azoteas como bodegas o almacenes; ahí, dice, sólo se podrá colocar las redes de instalaciones necesarias para la operación y servicio del inmueble, pero ocultas y no visibles desde la vía pública. La colocación de tendederos, cables de servicios y antenas, agrega, se instalarán en los patios traseros o de manera oculta en la edificación.

La nueva norma prohíbe la colocación de cualquier elemento en la vía pública para apartar el uso de espacios públicos para estacionar vehículos, instalar puestos semifijos o promocionar bienes o servicios, entre otros.

Además, la colocación de plantas como cactus, magueyes, abrojos y en general espinosas, cortantes o tóxicas en las banquetas, andadores, áreas destinadas al tránsito peatonal y en parques públicos que pongan en riesgo la salud o la vida de las personas.

Tampoco se podrán depositar o abandonar en la vía pública materiales de construcción, residuos sólidos urbanos o cualquier elemento que obstruya el libre tránsito peatonal y vehicular.

Igualmente, los particulares están impedidos para construir, fijar, sujetar, colocar o instalar cualquier elemento en el espacio público o vías de comunicación sin autorización de la autoridad.

La nueva legislación agrega que los puentes peatonales deberán estar libres de publicidad, propaganda, anuncios “y todo objeto que penda del mismo”, para evitar distractores a los conductores.

Los propietarios de terrenos baldíos en zonas urbanas, en tanto, están obligados a bardearlos o delimitarlos, así como libres de residuos sólidos o líquidos.

La norma de 89 artículos, que se aplicará en zonas urbanas, periurbanas y rurales, establece una juntas de mejoras: un organismo de participación ciudadana que en coordinación con el estado y municipios vinculan  propuestas y necesidades en la materia. 

Asimismo, los criterios que deberán considerar las autoridades municipales al otorgar permisos, licencias y autorizaciones que impliquen una intervención que modifique o altere cualquier aspecto de la imagen urbana.

SANCIONES DE HASTA DE 155 MIL PESOS

También considera sanciones por incumplir con el contenido de la Ley de Imagen Urbana, con multas económicas que van de 20 a mil 500 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (Umas); es decir; de 2 mil 74.8  a 155 mil 610 pesos.

En caso de que un particular no cumpla con las determinaciones de las autoridades por violar la nueva legislación, podrán llevar a cabo trabajos de retiro, desmantelamiento o demolición, incluso con el uso de la fuerza pública. 

DatoAcro

-Las instalaciones de redes de servicios públicos y privados de fraccionamientos de nueva creación deberán ser subterráneos.

-Las autoridades deberán promocionar las áreas verdes en las zonas urbanas en edificaciones públicas y privada.

-Tras la publicación del decreto, el gobernador tendrá 180 días naturales para expedir el Reglamento de Imagen Urbana para el Estado de Hidalgo, mismo lapso que la Secretaría de Infraestructura para publicar el Manual de Imagen Urbana.

-Los municipios deberán expedir sus reglamentos de Imagen Urbana.

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