Eliminan 84 Consejo Municipales Electorales; aumentan consejeros distritales

Con dos votos en contra de los diputados de Acción Nacional (PAN), el Congreso local aprobó la reforma que elimina los 84 Consejos Municipales Electorales, cuyas labores serán absorbidas por los 18 Consejos Electorales Distritales. 

Según la iniciativa enviada por el gobernador Julio Menchaca Salazar, que rechazaron las dirigencias de los partidos de oposición, la extinción de estos entes descentralizados del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) representarán un ahorro de 42 millones 695 mil 469.60 pesos.

En contra del dictamen se pronunció la diputada panista Silvia Sánchez Hernández, quien aseveró que la desaparición de los entes municipales  afecta la organización y desarrollo de comicios y vulnera la autonomía del Organismo Público Local Electoral (OPLE).

Ningún argumento puede justificar que se atente contra la democracia del estado y en esta iniciativa se marca una estrategia electoral”, dijo en tribuna.

Dijo que los Consejos Municipales Electorales se instalan por un periodo de cinco meses y tienen como función la preparación y vigilancia de comicios, registro de candidaturas, recepción de medios de impugnación, conteo de votos y resguardo de paquetes electorales.

Con la reforma al artículo 50 del Código Electoral estatal, se eliminan de su  estructura los 84 entes desconcentrados. Además, se cambia la figura de coordinadores electorales distritales y municipales por la de enlaces electorales.

Ya sin los entes municipales, la realización de oficialías electorales recaen solamente en la Secretaría Ejecutiva del IEEH y las secretarías de los Consejos Distritales, “así como las demás personas funcionarias en quienes se delegue esta función”.

Además, los consejeros distritales aumentan de tres a cinco, quienes estarán auxiliados de un secretario y los coordinadores de Organización y Capacitación Electoral, así como de supervisores, asistentes y enlaces electorales. Estos últimos no podrán exceder del número de municipios que integran al distrito respectivo. 

Entre sus funciones se encuentra la recepción de fórmulas de candidaturas por diputaciones y renovación de ayuntamientos, capacitar a los funcionarios de casilla, así como el registro los nombramientos de representantes de partidos políticos y candidaturas independientes, realizar el cómputo y la declaración de validez de las elecciones de ayuntamientos y expedir las constancias de mayoría.

Con la modificación a Código Electoral estatal,

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