Buscan blindar expresiones culturales indígenas de apropiación y plagio

La diputada Yarabi González Martínez presentó una iniciativa para reforzar las expresiones culturales de los pueblos y comunidades indígenas contra la apropiación cultural y el plagio de sus expresiones, con la obligación de la Secretaría de Cultura estatal para asesorar jurídicamente a los perjudicados y emprender acciones legales, fomentar las marcas colectivas y certificación.

La propuesta además busca evitar que los gobiernos apoyen proyectos que involucren la explotación del patrimonio cultural sin el consentimiento de las autoridades comunitarias.

Al señalar que comprometió con las mujeres de la región que representa, la Otomí-Tepehua reconocer, respetar y proteger la riqueza cultural, presentó la propuesta que implica cambios a la Ley de Cultura y Derechos Culturales del Estado de Hidalgo.

Refirió que en los últimos años el plagio y la apropiación indebida del patrimonio se han convertido en una práctica nociva recurrente de particulares y empresas que, sin autorización ni reconocimiento, reproducen diseños, símbolos y técnicas para lucrar con ellos, lo cual no se queda en casos como Pineda Covalín, Carolina Herrera, Mango, Kimberly Clark o Nestlé, sino que se extiende a competencia desleal que ocurre dentro del estado.

Esta apropiación indebida y este plagio son una forma de despojo que desvirtúa el significado de las expresiones indígenas. Ambas prácticas, el plagio y la apropiación indebida, corrompen la transmisión de ese patrimonio, trivializan su significado y profundizan la desigualdad que históricamente ha afectado a esas poblaciones”, recalcó.

La diputada señaló que la reforma al artículo 4 de la ley establece las definiciones de “apropiación indebida” y “propiedad intelectual colectiva”, que reconoce que el patrimonio cultural pertenece a la comunidad en su conjunto y que su uso requiere el consentimiento libre, previo e informado de las autoridades comunitarias.

Este reconocimiento es indispensable para evitar que personas ajenas a la comunidad pretendan ceder o autorizar el uso comercial de expresiones culturales que no les pertenecen”, subrayó.

En el artículo 14 se dota a la Secretaría de Cultura de facultades para brindar asesoría y acompañamiento a las comunidades indígenas que deseen presentar denuncias ante autoridades federales por actos de apropiación indebida.

Ello, con carácter de gratuito para coadyuvar en presentar quejas o denuncias ante autoridades federales competentes por presuntos actos de apropiación indebida de su patrimonio cultura.

También se faculta para apoyar a las comunidades en la obtención de marcas colectivas, marcas de certificación e indicaciones geográficas ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), herramientas que fortalecen la protección de sus creaciones en el mercado, señala.

A ello se suma el artículo 56 Bis para la creación de un Grupo de Trabajo Técnico Interinstitucional de carácter honorífico, el cual fungirá como mecanismo de consulta, asesoría y coordinación intergubernamental para el diseño de políticas públicas orientadas a la defensa de la propiedad intelectual colectiva.

Además se agregan los artículos 61 Bis y 61 Ter, que señalan medidas de salvaguardia que obligan a las dependencias estatales y municipales a abstenerse de apoyar proyectos que involucren la explotación del patrimonio cultural sin el consentimiento de las autoridades comunitarias.

Además, para que en ferias, exposiciones y espacios de fomento financiados con recursos públicos actúen para prevenir el plagio y la apropiación indebida.