La diputada local Cynthia Citlali Delgado Mendoza propuso incorporar en el Código Electoral del Estado de Hidalgo la obligación de una acción afirmativa para garantizar la participación y postulación efectiva de las personas adultas mayores en los cargos de elección popular.
La legisladora morenista presentó la iniciativa para dar contestación al ordenamiento del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, bajo la sentencia TEEH-JDC-042-2024 y su acumulado.
Tras analizar las modificaciones a las reglas inclusivas en candidaturas a diputaciones locales y ayuntamientos para el Proceso Electoral Local 2023-2024, el organismo jurisdiccional ordenó al Congreso de Hidalgo efectuar las acciones necesarias para contemplar en la ley la postulación a cargos de elección popular a favor de las personas adultas mayores a partir de la siguiente elección ordinaria, la de 2027.
Actualmente no contamos con mecanismos específicos que garantizan la inclusión efectiva en las candidaturas (…). Este vacío ha sido advertido por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo al resolver la sentencia TEEH-JDC-042-2024 y su acumulado. Mandató a este Congreso legislar en materia y construir un marco normativo que garantice el ejercicio pleno de sus derechos políticos electorales”, recalcó la legisladora.
Aunque existen figuras de acciones afirmativas para la inclusión de sectores de la ciudadanía a los puestos de elección y ejercicio del poder, señaló que han sido insuficientes en el marco legal.
Abundó que el problema no radica en la falta de participación, sino en las condiciones institucionales que limitan el acceso a candidaturas competitivas en ese sector de la población.
“Las dinámicas internas de los partidos políticos, los criterios de selección de candidaturas y la lógica de competencia electoral tienden a privilegiar ciertos perfiles considerados competitivos, entre comillas, dejando fuera a otros sectores que desde una visión reducida se consideran sin posibilidades de triunfo; entre ellos, las personas adultas mayores. Nada más falso y profundamente discriminatorio”, señaló.
La propuesta implica adicionar un párrafo al artículo 13 del Código Electoral que expone que para garantizar la igualdad sustantiva y la representación efectiva de las personas adultas mayores en el ámbito municipal, en las planillas -bajo cualquier modalidad de alianza o separado o la vía independiente- se debe de postular por lo menos una fórmula, bajo la paridad de género y en armonía con las demás acciones afirmativas previstas en el ordenamiento electoral.
El incumplimiento de esta disposición dará lugar a la negativa del registro de la planilla correspondiente o, en su caso, a que la autoridad electoral requiera su sustitución dentro del plazo legal, sin perjuicio de las sanciones que resulten procedentes conforme a la normatividad aplicable”, dice la iniciativa.
También se adiciona el artículo 118 Bis para que los partidos postulen en sus candidaturas a diputaciones locales de mayoría relativa a por lo menos una fórmula de adultos mayores, así como por representación proporcional dentro de alguno de los primeros cinco lugares del listado.
“Su incumplimiento dará lugar a la negativa del registro de las candidaturas correspondientes, o bien, a que la autoridad electoral requiera su sustitución dentro del plazo legal, sin perjuicio de la imposición de las sanciones que resulten procedentes conforme a la normatividad electoral aplicable”, recalca la propuesta.
