Por mayoría de 24 votos a favor, el Congreso local dio el primer paso para la extinción del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo (Itaih), al eliminarlo como organismo autónomo reconocido de la Constitución Política del Estado de Hidalgo y desplazar sus atribuciones a otros entes para garantizar el derecho al acceso a la información pública y protección de datos personales.
La reforma da un plazo de 180 días al Congreso estatal para la armonización de las leyes en la materia y formalizar la desaparición del ente garante.
La iniciativa, que apenas la semana pasada llegó al Poder Legislativo propuesta por el gobernador Julio Menchaca Salazar, desvincula al Itaih como un organismo, el cual tendrá vigencia hasta la armonización de las leyes en la materia.
De acuerdo con el decreto, el artículo 4 Bis establece las instituciones en las que recaerá la facultad de acceso a la información y protección de datos personales.
“La ley determinará la competencia de los órganos encargados de la contraloría u homólogos de los poderes Ejecutivo, legislativo y judicial , así como de los órganos internos de control o equivalentes de los órganos constitucionales autónomos y de los demás sujetos obligados responsables de garantizar el derecho al acceso a la información pública y protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados”, se refiere el párrafo agregado.
Además, se elimina en del artículo 26 , en su cuarto párrafo, la referencia del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública como organismo autónomo reconocido. Con ello se hace la derogación de las referencias del Itaih en la Constitución.
Con la aprobación por mayoría calificada, que tuvo votos en contra de los diputados del Partido Revolucionario Institucional, Acción Nacional y Movimiento Ciudadano , también se establecieron las reglas para formalizar la desaparición del organismo garantizado.
Según los transitorios del decreto, el Congreso de Hidalgo tiene hasta 180 días para armonizar el marco jurídico estatal en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales, una vez entre en vigor el mismo. Posteriormente se establecerá el preso para la extinción del Itaih.
“El Decreto que contiene la armonización al marco jurídico estatal a que hace referencia el párrafo anterior, deberá señalar en su régimen transitorio el proceso de extinción del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales del Estado de Hidalgo , así como el momento en el que se considera debe de quedar extinto”, señala en el artículo segundo transitorio.
Hasta que no surta efecto el eventual decreto para la armonización legal y desaparición del instituto garante, todos los actos que emprendan el mismo tendrán vigencia , tanto en la aplicación de instrumentos jurídicos, convenios, acuerdos interinstitucionales, contratos o actos equivalentes.
Por ello, las personas comisionadas del Itaih concluirán sus funciones hasta la entrada en vigor de la armonización.
Dentro de los 30 días naturales posteriores a la entrada en vigor del decreto (que se aplicará cuando sea publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo), la Secretaría de la Contraloría instalará y presidirá un Comité Interinstitucional de Transición , conformado al menos por personas del Poder Judicial y Legislativo, de la Oficialía Mayor y la Secretaría de Hacienda y del Itaih, con el fin de llevar a cabo a cabo una transición administrativa y normativa adecuada, de acuerdo con el octavo transitorio.
MECANISMOS Y SANCIONES
La reforma indica que se establecerán mecanismos de acceso a la información pública y procedimientos de revisión expeditos que se sustanciarán ante las instancias competentes “en los términos que fije esta Constitución y las leyes” secundarias.
“Los sujetos obligados deberán promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de acceso a la información pública y la protección de datos personales, y se regirán por las leyes en materia de transparencia y acceso a la información pública y protección de datos personales”, añade.
Agrega que las leyes determinarán la manera en que los sujetos obligados deberán hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a personas físicas o morales, además de que “la inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la información pública será sancionada” .
“El ejercicio de este derecho se regirá por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad”, agrega el decreto.
