La diputada Cynthia Citlali Delgado Mendoza propuso duplicar las sanciones para quienes realicen tala en zonas protegidas o de reservas ecológicas para el desarrollo de asentamientos humanos, con penas de hasta 20 años de cárcel, además de aumentarlas por romper sellos y emplear medios violentos con fines contra el medio ambiente.
En sesión del lunes, la legisladora de Morena presentó una iniciativa para poner más énfasis en los delitos que se cometen contra esos espacios naturales, donde se presentan casos de tala inmoderada, cambio ilegal de uso de suelo, ocupación de zonas de riego y la contaminación de cuerpos de agua, lo cuales no son hechos aislados, dijo.
No se trata solamente de fenómenos naturales, sino también de acciones humanas y muchas veces de omisiones institucionales”, señaló.
Delgado Mendoza acusó que el marco penal en contra de esos delitos es insuficiente para prevenir y sancionar de manera eficiente los agravios contra el medio ambiente.
“Las sanciones bajas, la debilidad de las agravantes y la falta de consecuencias reales han enviado durante años el mensaje de que destruir el entorno sale barato”, puntualizó.
La diputada por el distrito de Ixmiquilpan propuso actualizar el Código Penal para hacerlo coherente con la realidad que se vive con este tipo de delitos en Hidalgo.
“Esta iniciativa busca que las sanciones recaigan sobre quienes, por ambición o negligencia, lucren con la destrucción del patrimonio cultural, poniendo el riesgo la seguridad hídrica, la estabilidad del suelo y la vida de las personas”, dijo.
La propuesta establece la reforma al artículo 345, sobre los delitos contra la riqueza forestal, para incrementar las penas de cuatro a diez años y multa de hasta diez veces más del valor comercial de los productos obtenidos a un rango de ocho a 20 años de cárcel cuando se derriben, talen o causen la muerte de uno o más árboles para hacer asentamientos humanos dentro de zonas protegidas o de reservas ecológicas.
El artículo 349 Ter añade que a quien, sin las autorizaciones debidas haga desmonte, corte, derribe o tale uno o más árboles, destruya la vegetación natural o cambie el uso del suelo se le impondrá de dos a 10 años de prisión, con multa de 200 a mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente. Actualmente la sanción es de uno a nueve años de prisión y multa de 200 a 500 veces la UMAS.
Mientras que en el artículo 349 Quater, que implica conductas como contaminar con la tira de residuos o materiales, filtrar o descargue aguas residuales líquidos químicos o bioquímicos, se propone impondrán la misma pena que en el artículo anterior, aunque se agravará cuando se cometa con la aplicación de la violencia por cualquier medio u objeto.
Cuando las conductas a que se refiere este artículo se realicen empleando armas de fuego o por cualquier otro medio violento en contra de las personas o para obtener un lucro o beneficio económico, se le impondrá pena de hasta 15 años de prisión y hasta ocho mil días multa”, señala.
Además, a quienes rompan o violen los sellos de las autoridades se impondrán de dos a siete años de prisión y de 100 a 10 mil días multa. Actualmente la penalidad es de tres meses a dos años de prisión y de 5 a 25 días multa, de acuerdo con el artículo 319 del Código Penal.
Si después del quebrantamiento del sello se continúa con la conducta que originó la imposición de la infracción, la pena aumentará en una tercera parte.
