Buscan castigar uso de drones para cometer delitos como homicidio y terrorismo

Diputados de la LXVI Legislatura de Hidalgo presentaron una iniciativa para castigar el uso de artefactos como aeronaves no tripulados o drones para la comisión de ilícitos como homicidios, daños a propiedad privada o gubernamental, así como en acciones que la ley estípula como terrorismo.

En sesión de este martes, los legisladores Tania Eréndira Meza Escorza, Diana Rangel Zúñiga, Mónica Leanett Reyes Martínez y José Luis Rodríguez Higareda suscribieron la propuesta de reforma al Código Penal para el Estado de Hidalgo, para que se incluya en diversos artículos la presencia de este tipo de artefactos como instrumentos con los cuales se pueden cometer actos ilegales, así como sus penalidades.

Como antecedente, de acuerdo con la exposición de motivos, el expresidente Andrés Manuel López Obrador envió una iniciativa de ley para castigar hasta con 60 años de prisión el uso de drones para transportar, activar o detonar armas, municiones y materiales para uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, después de diversos ataques de bandas delictivas con el empleo de esos artefactos aéreos.

En la legislación federal, las sanciones previstas incluyen conductas como el arrojo de cualquier objeto o artefacto explosivo, artefactos explosivos improvisados o armas, así como sustancias químicas que por sí solas o combinadas sean susceptibles de ser empleadas como explosivos sobre otras personas o bienes e impacte a alguna persona o propiedad con el propósito de causar daño.

Con las nuevas disposiciones, se busca proteger la seguridad pública y la integridad de las instituciones y ciudadanos ante una muestra más de cómo la tecnología, en este caso los drones, que inicialmente fueron concebidos para usos recreativos, comerciales y de seguridad, puede ser utilizada tanto para el bien como para el mal, especialmente cuando que son artefactos que han demostrado tener un potencial altamente peligroso cuando son empleados con fines ilícitos”, señala la propuesta.

Actualmente, los códigos penales de la Ciudad de México, Baja California, Michoacán y Tamaulipas contemplan disposiciones específicas que tipifican como delito el uso indebido de aeronaves pilotadas a distancia, por lo que, de aprobarse, Hidalgo sería el quinto estado en legislar en la materia.

Otro punto por el cual se propone implementar estas medidas es la regulación del uso de drones y otras aeronaves no tripuladas por su creciente accesibilidad y su potencial para ser utilizados en actividades que vulneren la seguridad pública o los derechos de terceros, en delitos como lesiones, daño a la propiedad, terrorismo y violación a la intimidad sexual.

La falta de regulación específica en el ámbito estatal podría generar vacíos legales que dificulten la prevención, investigación y sanción de estos actos, lo que pondría en riesgo la seguridad pública y los derechos fundamentales de los ciudadanos. Además, alinear la legislación de Hidalgo con las reformas recientes en el Código Penal Federal y con las normativas de otros estados permite fortalecer la coordinación entre autoridades y garantizar una respuesta jurídica coherente y efectiva ante estos nuevos desafíos”, añade la iniciativa.

De acuerdo con la propuesta, el artículo 147 del Código Penal señala que el homicidio y las lesiones se clasifican como calificadas cuando se cometan con traición, ventaja o premeditación. Sobre este último supuesto, la reforma agrega que existe ese factor si para su ejecución se utilice una aeronave piloteada a distancia.

Sobre el delito de violación a la intimidad sexual, en el artículo 183 Bis se establece que se castigará con una tercera parte más de las penas establecidas -que van de tres a seis años de prisión- a “quien utilice aeronaves pilotadas a distancia en la ejecución de las conductas previstas en el párrafo anterior”.

La iniciativa también pretende aumentar en una tercera las penas por cometer el delito de daño en propiedad ajena (destruir o deteriorar una cosa ajena o propia con perjuicio de otro) cuando se utilicen ese tipo de artefactos aéreos, a través de reforma el artículo 221. Cuando el bien afectado pertenezca o esté destinado a seguridad pública, procuración de justicia o de las fuerzas armadas, la pena establecida se aumentará hasta en una mitad.

Respecto al ilícito de terrorismo, que se castiga de dos a 20 años de prisión, su punibilidad aumentará hasta en una tercera parte si se utilizan aeronaves pilotadas a distancia para cometer esa conducta delictiva.

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