Lanza SAT campaña para regularizar adeudos sin pagar multas

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) en Hidalgo lanzó la campaña para que personas físicas y morales con ingresos menores a los 35 millones de pesos se regularicen con el pago de adeudos fiscales y no paguen por multas, recargos y gastos de ejecución correspondiente a los ejercicios fiscales de 2023 y anteriores.

En conferencia de prensa en la sede de la Administración Desconcentrada de Hidalgo del SAT, la administradora Desconcentrada de Recaudación, Erika Morales Avilés, junto a administradora Desconcentrada de Servicios al Contribuyente, Yolotzin Yazmin Solís Hernández, detallaron los estímulos fiscales para la regularización de pequeños contribuyentes, que tendrán vigencia hasta el 30 de septiembre de 2025.

“Este estímulo no es una condonación, sino un incentivo en la Ley de Ingresos de la Federación, lo cual aplica a multas incluidas, las multas con agravante de cargos gastos de ejecución derivados de contribuciones propias”, puntualizó Morales Avilés.

La reducción de 100 por ciento de las multas aplica del ejercicio fiscal 2023 hacia atrás, con la condición de que los contribuyentes no solicitaran algún estímulo fiscal en condonaciones generadas en los años 2000, 2007 y 2013.

Para ser considerado dentro de los estímulos fiscales, los contribuyentes debe estar dentro de los cuatro supuestos que establece el artículo trigésimo cuarto transitorio de la Ley de Ingreso de la Federación 2025.

El primero implica la omisión de contribución o cuotas compensatorias.

En lenguaje ciudadano, lo que estamos diciendo es si alguien ya tuvo una multa porque a lo mejor en su declaración anual de ese año tenía un saldo a cargo y no pagó, qué es lo que va a pasar, que puede ahorita optar por solicitar esa línea de captura y que se le reduzcan todas las multas, los recargos, las actualizaciones, ese es el estímulo, en eso consiste”, expuso Yolotzin Solís.

Para saber si son sujetos de participar en este programa, refirió que pueden solicitar una cita de orientación fiscal para asesorarlos y que empiecen 2025 “limpios” de observaciones ante el SAT. 

El segundo supuesto o inciso responde a si el contribuyente, bajo facultades de comprobación, se encuentra revisado por la Administración Desconcentrada de Auditoría sobre sus ingresos, por lo que si hay una omisión en reportarlos se genera una multa. En ese caso se puede solicitar el estímulo para eliminarla.

En ese caso, el apoyo aplica si la auditoría esté en un proceso de revisión, sin que haya determinado el crédito fiscal de la persona física o moral.

El tercer inciso es para aquellos contribuyentes con créditos fiscales pendientes de pagar y que a partir de enero de 2024 pidieron subsanar en parcialidades el pendiente económico, pero se retrasaron o no cubrieron alguna de las mensualidades. En este caso se pueden eliminar los recargos y gastos de ejecución.

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