Sentencian a Cristian Emmanuel por muerte de Jefazo; libra cárcel por 12 mil pesos

Por la muerte del perro bautizado como Jefazo, Cristian Emmanuel Trejo Nolasco obtuvo una sentencia de 4 años de prisión al reconocer su responsabilidad en el delito de maltrato animal; sin embargo, quedó en libertad tras pagar una multa por 12 mil 708 pesos como conmutación, por el hecho de ser una pena menor, y deberá prestar por 365 días trabajo comunitario al ayuntamiento de Mineral de la Reforma.

Esta mañana, en audiencia de solicitud de procedimiento abreviado a la causa penal 1091/2024 contra la vida, la integridad y dignidad de los animales, después de concluir la etapa de investigación complementaria de un mes, el Ministerio Público propuso la pena de 4 años de cárcel y un multa de 125 Unidades de Medida y Actualización (UMA) equivalente a 13 mil 571 pesos, lo cual aceptó la defensa de Cristian para el reconocimiento del delito cometido el pasado 5 de agosto en la colonia La Minerva en Mineral de la Reforma.

Por ser una pena menor, la defensa del sentenciado pidió la jueza Karina Vértiz Marín la conmutación de la pena carcelaria a cambio, primero, del pago de la multa, así como liquidar los gastos médicos aplicados a Jefazo por parte de Vania Castillo Lugo, equivalentes a 8 mil 970 pesos, mismos que se pagaron a la activista.

De igual forma, Cristian Emmanuel resarció la medida de satisfacción, la cual fue una disculpa pública por los hechos que cometió contra el canino, además de comprometerse a la repetición para no actuar en un futuro con un agravio contra los animales.

Respeto al pago de la multa, se estableció un receso para que la defensa de Cristian pudiera hacer el depósito bancario y responder la conmutación que pidió.

Minutos antes de las 11:00 horas se reanudó la sesión de procedimiento abreviado y se ratificó con la copia y original del recibo de transferencia a una cuenta de Banamex, con lo cual se dio cumplimiento al requisito.

Ante Cristian Emmanuel, quien vestía camisa blanca, pantalón caqui y candados de mano, Vértiz Marín dijo al sentenciado que a la pena de cuatro años de prisión se le descontarían los días que permaneció en prisión preventiva, que fueron tres meses y tres días, tras su detención el pasado 6 de agosto, hasta este 8 de noviembre, por lo que le restarían 3 años 8 meses y 27 días.

Esto significa una reducción del 6.36 por ciento del tiempo de la condena, lo cual, en el caso de la conmutación, también se traduce en la disminución de la cantidad de la multa en 836.13 pesos, por lo cual la cantidad que solventó es de 12 mil 708 pesos.

Sumado con los gastos subsanados de las intervenciones veterinarias a Jefazo, da un total de 21 mil 678 pesos que erogó el sentenciado.

De igual forma, deberá realización de trabajo comunitario por 365 jornadas, mismas que tendrá que acreditar en el ayuntamiento de Mineral de la Reforma.

Tras ello, se dictó la inmediata libertad para Cristian Emmanuel y se cerró el proceso penal en su contra con sentencia de culpabilidad conmutada por el asesinato de Jefazo.

SENTIMIENTO AGRIDULCE

Por su parte, Vania Castillo, a las afueras de los juzgados, frente a cartulinas, una lona con la imagen de Jefazo y portando una urna con los restos del este ejemplar de pitbull, mencionó que es un sentimiento agridulce, ya que tuvo que llegar a que le quitarán la vida para que el perro tuviera justicia.

Sin embargo, consideró que esto sienta un precedente para el bienestar animal y el activismo que se realiza, al dar valor a la vida de los animales maltratados.

Hoy que quede esto como en la historia de que los animales ya no están solos, que somos su voz”, subrayó la rescatista de animales.

A su vez, la activista consideró que se deben de intensificar o incrementar las penas contra los responsables de maltrato a los animales, porque discordó en que si alguna persona se considera culpable, como fue este caso, se disminuye su condena y, sobre todo, que no se tenga que considerar el dolo para que las penas sean
más severas.

De acuerdo con el Código Penal para el Estado de Hidalgo, en su Capítulo III Ter sobre Delitos contra la Vida, Integridad y Dignidad de los Animales, en el artículo 349 Decies, “al que dolosamente realice actos de maltrato, crueldad o abandono en contra de animales domésticos o ferales, causándoles lesiones, se le impondrá de 6 meses a 2 años de prisión y multa de 25 a 50 Unidades de Medida y Actualización; la punibilidad señalada se aumentará en una mitad, si las lesiones ponen en peligro la vida del animal; en caso de que las lesiones causen la muerte al animal doméstico o feral, se impondrá de 1 a 4 años de prisión y multa de 50 a 200 Unidades de Medida y Actualización”.

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