Conceden magistrados a Murillo Karam prisión domiciliaria 

Por mayoría de votos, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito resolvió el recurso de revisión incidental 28/2024 y concedió que cumpla la medida cautelar de prisión preventiva en modo domiciliaria el exprocurador Jesús Murillo Karam, a quien se le instruye la causa penal 41/2023 en el Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Sur por el caso Ayotzinapa.

De acuerdo con el Poder Judicial de la Federación, entra las razones del colegiado para conceder la modificación se encuentra que el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) establece una excepción para que la aplicación de la prisión preventiva se ejecute en el domicilio de la persona imputada o, de ser el caso, en un centro médico o geriátrico, en aquellos supuestos en que el imputado sea mayor de 70 años o que padezca una enfermedad grave. 

Señaló que en el caso del exgobernador hidalguense padece una enfermedad grave y es septuagenario.

Asimismo, los magistrados consideran que hay elementos para considerar que el juez de proceso se equivocó al negar la ejecución de la medida en su domicilio por riesgo de fuga.

Sostienen que el riesgo de fuga debe analizarse en función de las características del caso, pues en todos los supuestos podrían presumirse que existe, pero que debe analizarse a partir de los antecedentes, ya que se sabe que el imputado permitió la ejecución de la orden de aprehensión, a pesar de estar en posibilidad de sustraerse de la acción. Aunado a que, por su edad, existen elementos que no se pueden actualizar, como lo es que cuente con familia nuclear en el domicilio”, agregó en un comunicado.

Para el colegiado, el hecho de que Murillo Karam tenga otros domicilios, los cargos que haya ocupado u otros elementos que adujo la Fiscalía General de l República (FGR) para rechazar la petición, no son relevantes para la decisión, “puesto que no se está ordenando el cambio de la medida” cautelar, sino que  se está “redefiniendo” el lugar en el que se va a ejecutar.

Por ello, resolvieron modificar la resolución del amparo recurrido para que el juez de control considerara que el imputado sí tiene derecho a que la prisión preventiva justificada se ejecute en su domicilio, fijando las medidas de control que aseguren su cumplimiento, a través una audiencia pública.

Murillo Karam es imputado por la presunta tortura a Felipe Rodríguez Salgado, El Cepillo, integrante del grupo delictivo Guerreros Unidos involucrado en el caso de la desaparición de los 43 estudiantes de la normal de Ayotzinapa, Guerrero.

El exgobernador permanecía en la Torre Médica del penal Tepepan, en la Ciudad de México, desde el 30 de junio por problemas de salud. 

El exfuncionario peñanietista dejará el Reclusorio Norte, dónde fue ingresado el 20 de agosto de 2022.

Comparte se te ha gustado
Noticias Acrópolis