Desecha TEEH juicios contra acciones afirmativas y municipios exclusivos para mujeres

El Tribunal Estatal Electoral de Hidalgo (TEEH) desechó las impugnaciones hechas por Movimiento Ciudadano (MC) y otros para revertir las reglas inclusivas de postulación, entre ellas la exclusiva de mujeres en 27 municipios, emitidas por el Instituto Estatal Electoral (IEEH), mismas que había ratificado la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el 12 de marzo.

En sesión, ayer el órgano jurisdiccional electoral de Hidalgo abordó las impugnaciones contra los criterios que adoptó el IEEH en el acuerdo IEEH/CG/024/2024 sobre acciones afirmativas.

Al abordar el expediente TEEH-JDC-042/2024 y su acumulado TEEH-RAP-006/2024, el tribunal consideró como inoperantes e infundados la mayoría de los actos impugnados.

Dentro de los agravios sobre la falta de consulta a los pueblos y comunidades indígenas se determinó que opera ya es cosa juzgada, ya que el acuerdo impugnado fue emitido en acatamiento a la sentencia dictada por la Sala Regional Ciudad de México en el expediente SCM-JDC-7/2024 y acumulados. En este fue analizado el presunto agravio.

Sobre la presunta omisión por parte del Consejo General del IEEH para establecer reglas inclusivas para las personas adultas mayores y falta de consulta a las personas con discapacidad, el TEEH consideró que también es inoperantes, ya que ambas cuestiones tuvieron que hacerse valer desde el acuerdo IEEH/CG/063/2023, el primero aprobado respecto las reglas inclusivas de postulación para el proceso local 2024.

Respecto de violaciones a los principios de progresividad, fundamentación, motivación y falta de certeza por “una deficiente investigación” para establecer los 27 municipios con postulación exclusiva de mujeres del acuerdo 024/2024 del IEEH, también se rechazó por inoperante.

Lo anterior, porque el pasado 12 de marzo la Sala Regional Ciudad de México emitió sentencia donde y se pronunció al respecto, al resolver el expediente SCM-JRC-017/2024, y acompañó los criterios del acuerdo IEEH/CG/024/2024.

En tanto, entre las quejas se acreditó que el Congreso de Hidalgo fue omiso ante la inexistencia de normas constitucionales que contemplen la participación de personas adultas mayores, pues no hay leyes que garanticen esta participación política para ser postuladas en algún cargo de elección popular.

“Por tanto, esta ponencia propone como efectos vincular al Congreso local para que, en uso de sus atribuciones, legisle a efecto de garantizar la participación de personas adultas mayores en cargos de elección popular, los cuales serán aplicables a partir del proceso local ordinario posterior al que actualmente se encuentra en curso”, señala la sentencia.

En caso de que el Congreso local no cumpla, al Consejo General del IEEH se vinculará en el diseñar los lineamientos respectivos que deberán ser expedidos a 90 días con anterioridad al inicio de ese proceso local posterior.

De tal modo, el TEEH se abocó a cumplir con la sentencia hecha previamente hace un par de días por la Sala Regional Ciudad de México, que se pronunció a favor de ratificar el acuerdo de los criterios de postulación de las diversas acciones afirmativas para que los partidos políticos postulen a candidatos tanto de la diversidad sexual, migrantes, jóvenes y mujeres.

DatoAcro

-Los municipios de exclusividad para mujeres son Atotonilco el Grande, Huehuetla, Tepetitlán, Atotonilco de Tula, Huichapan, Tezontepec de Aldama, Calnali, Lolotla, Tlahuelilpan, Cardonal, Metztitlán, Tlahuiltepa, Chapulhuacán, Nopala de Villagrán, Tlanalapa, Chilcuautla, Santiago de Anaya, Tepeji del Río de Ocampo, Eloxochitlán, Singuilucan, Tulancingo de Bravo, Emiliano Zapata, Tecozautla, Xochiatipan, Francisco I. Madero, Tenango de Doria y Yahualica.

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