Congreso no puede elegir a regiduría vacante; hay vació legal: Valera

El Congreso de Hidalgo no puede elegir la vacante de un regidores de mayoría relativa faltante dentro de los cabildos municipales, por lo cual la Asamblea municipal de Emiliano Zapata operará hasta el término de su administración sin un integrante, afirmó el diputado Julio Manuel Valera Piedras.

Después de que el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) se declaró incompetente para atender la solicitud del alcalde Héctor Antonio García Aguilera, quien consultó qué procedía ante la falta de un asambleísta tras el fallecimiento del regidor Carlos Vázquez Flores y la ausencia del suplente Vicente Damián Cervantes, que se negó a asumir esta responsabilidad, el presidente de la Diputación Permanente confirmó que no hay legislación en el estado que atienda esta situación atípica.

Hace un tiempo también pasó eso y lo que había quedado como tal es que se queda así es ese regidor, hay una laguna ahí, dependiendo qué es lo que se tiene que hacer, y yo creo que se tiene que legislar en eses sentido como tal”, indicó el líder de la bancada del Grupo Plural Independiente (GPI).

Como parámetro similar, recordó que durante la época de pandemia de Covid-19 murieron representantes populares propietarios, como María de Jesús Chávez, alcaldesa de Tasquillo, de quien también falleció su suplente, por lo cual los legisladores tuvieron que intervenir en el proceso para que una tercera persona asumiera el cargo.

Sin embargo, para el caso de una regiduría no hay ley o apartado en la legislación vigente, ni electoral ni en la Ley Orgánica Municipal de la entidad, que contemple este escenario.

“Yo creo que debemos tener una reforma para este tipo de cuestiones como tal, porque sí existe determinada, digamos, hay una laguna en torno a lo que debe de suceder en estos casos”, reiteró.

En tanto, enfatizó, el Poder Legislativo como órgano colegiado no puede designar a un regidor.

Lo anterior, explicó Valde Piedras, porque las regidurías son posiciones de representación popular electas por la ciudadanía (titular y suplente), por lo tanto, el Congreso no puede participar.

Precisó que solamente interviene en el caso de ausencia del titular de una presidencia municipal con el fin de evitar la ingobernabilidad de un municipio.

Pero en este caso al final del día no se genera ingobernabilidad, es la falta de un miembro del Cabildo o un suplente que asume como tal”, agregó.

En conclusión, dijo que el Cabildo se quedará sin un integrante, salvo que alguien alegará algún derecho, aunque este escenario lo consideró inviable.

Apuntó que en el caso del suplente, quien se negó a tomar la regiduría en Emiliano Zapata, tampoco se le puede obligar a que tome el encargo, ya que no lo establece la ley.

Agregó que ningún integrante de la LXV legislatura ha abordado este tema “atípico”.

“Pero yo creo que es un tema que ahorita ya me dieron una idea para seguir armonizando en la propuesta de iniciativas que habremos de presentar para el próximo proceso”, agregó.

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